01 ¿A quién aplica la factura electrónica B2B? #
La Ley aplica a todas las empresas y autónomos con domicilio fiscal o establecimiento permanente en España y operaciones B2B. En hostelería se traduce en estos casos típicos:
- Comidas y cenas de empresa con factura a nombre de una sociedad.
- Eventos corporativos (presentaciones, convenciones, formaciones, team buildings).
- Catering y servicios fuera de local a empresas, administraciones y centros educativos.
- Alquiler de salones, terrazas o reservados a sociedades.
- Servicios de hotel y restaurante integrado facturados al colectivo.
- Tu cadena de proveedores: mayoristas, lavandería, mantenimiento, software, consultoría.
No aplica a la factura simplificada o ticket emitido a un cliente particular (B2C). La línea es: si el receptor es una empresa o autónomo profesional con CIF/NIF, hay obligación.
02 Calendario de entrada en vigor #
El calendario depende de la facturación anual del emisor y se cuenta desde la publicación del reglamento de desarrollo (todavía pendiente):
- Empresas con facturación > 8 M€/año: 12 meses desde la publicación del reglamento.
- Resto de empresas y autónomos: 24 meses desde la publicación.
Mientras no se publique el reglamento, la obligación está suspendida. Sin embargo, el Ministerio de Asuntos Económicos ha avanzado el contenido técnico y los proveedores ya están adaptando su software. Quien empiece tarde tendrá problemas de stock con consultoras y proveedores.
03 Diferencia con Verifactu, TicketBAI y SII #
Es habitual confundir las normativas. Cada una regula algo distinto:
- Verifactu / TicketBAI: regulan cómo funciona internamente tu TPV o software de facturación (firma, hash encadenado, QR, registro de eventos).
- Factura electrónica B2B (Crea y Crece): regula el formato y el canal con el que intercambias facturas con otras empresas.
- SII: regula el envío de los libros de IVA en tiempo real a la AEAT, sólo para empresas grandes.
Las cuatro pueden aplicar a la vez en un grupo hostelero grande: Verifactu o TicketBAI según ubicación, B2B Crea y Crece para todas las facturas a empresa, y SII si supera 6 M€.
04 Formato técnico exigido #
El reglamento contemplará varios formatos estructurados aceptados:
- Facturae 3.2.x (XML): el formato oficial español, ya usado en facturación a las administraciones públicas (FACe).
- UBL 2.1: estándar europeo, ampliamente usado por ERPs internacionales.
- CII (UN/CEFACT): formato cross-industry usado en EDI.
- EDIFACT: formato EDI clásico para grandes cadenas.
Tu software de facturación debe poder generar y recibir al menos uno de estos formatos. Si trabajas con proveedores grandes, lo más probable es que tengas que aceptar varios.
05 Plataforma pública vs plataformas privadas #
La Ley contempla dos vías para intercambiar las facturas:
- Plataforma pública de la AEAT: gratuita, garantizada por la administración. Será el "buzón universal" al que pueden conectarse todos.
- Plataformas privadas autorizadas: tu software o ERP intercambia con el de tu cliente directamente, pero debe entregar copia a la plataforma pública.
Para un restaurante pequeño la opción más cómoda será conectar el TPV o el software de gestión a la plataforma pública. Para grupos con muchas operaciones B2B, las plataformas privadas (a menudo integradas en el ERP) serán más eficientes.
06 Información obligatoria por factura #
Cada factura electrónica B2B deberá incluir, además de los campos clásicos:
- Identificación inequívoca de emisor y receptor (CIF/NIF, dirección, datos registrales).
- Estado de pago notificado en tiempo real (aceptación, rechazo, pago).
- Fechas de emisión, devengo y vencimiento.
- Conformidad o disconformidad expresa del receptor.
El sistema permitirá conocer la fecha de pago efectiva de cada factura y publicará agregados de morosidad por sector. Es el mecanismo con el que la Ley pretende combatir la morosidad comercial.
07 Sanciones #
Las sanciones por incumplimiento se reparten en dos bloques:
- Hasta 10.000 € por no emitir o no aceptar facturas en formato electrónico cuando es obligatorio.
- Sanciones adicionales por no facilitar información de estados de factura, por interrumpir la trazabilidad o por no comunicar pagos en plazo.
Hacienda y la Inspección de Trabajo podrán cruzar los datos con la facturación declarada. Las inconsistencias entre facturas emitidas en papel y registros B2B esperados son una alerta de fraude inmediata.
08 Plan de adaptación recomendado #
Este es el orden lógico para adaptarse sin estrés antes de la entrada en vigor:
- Inventario de operaciones B2B: identifica qué porcentaje de tu facturación es a empresas y a qué proveedores compras.
- Pregunta a tu proveedor de software: ¿soporta Facturae 3.2.x? ¿Conexión a la plataforma pública?
- Designa un responsable interno que apruebe o rechace facturas recibidas en formato electrónico.
- Forma a los equipos de sala y de cocina para que sepan cuándo deben emitir factura completa (y no ticket simplificado).
- Cierre piloto 1-2 meses antes de la fecha obligatoria, simulando el flujo completo con un proveedor amigo.
EterSystem genera la información de cierre y caja en formato compatible con la mayoría de pasarelas de facturación electrónica, lo que reduce el coste de adaptación cuando entre en vigor.