01 Calendario nacional por tipo de empresa #
- 1 enero 2026: sociedades con facturación > 6 M€ en el ejercicio anterior.
- 1 enero 2027: resto de sociedades (la inmensa mayoría de hostelería SL).
- 1 julio 2027: autónomos y entidades sin personalidad jurídica.
Los nuevos negocios deben usar Verifactu desde el primer ticket si superan los umbrales o desde la fecha aplicable a su categoría. La AEAT no ofrece periodo de gracia.
02 Modo VERI*FACTU vs NO VERI*FACTU #
El RD 1007/2023 contempla dos modos:
- VERI*FACTU: los registros de facturación viajan en tiempo real a la AEAT. A cambio, no es necesario conservar copias adicionales (la AEAT ya las tiene). Se reduce la carga documental y la inspección es más sencilla.
- NO VERI*FACTU: los registros se guardan en el equipo del contribuyente con encadenamiento hash y firma digital. Disponibles para inspección. Más libertad operativa, más responsabilidad de custodia.
Para hostelería con buena conectividad VERI*FACTU es lo más cómodo: una vez configurado, te olvidas. Para locales con cortes frecuentes de internet, NO VERI*FACTU evita interrupciones del servicio.
03 Formato del ticket con QR #
Cada ticket emitido bajo Verifactu debe contener:
- Código QR verificable por el cliente desde su móvil.
- Leyenda "VERI*FACTU" si trabajas en ese modo.
- Identificador único del registro de facturación.
- Datos de emisor (NIF, razón social) y desglose de IVA.
El cliente puede escanear el QR para verificar que el ticket existe en los sistemas de la AEAT. Es la garantía de que la operación está declarada.
04 Declaración responsable del fabricante #
El RD 1007/2023 no exige homologación previa de la AEAT (a diferencia de TicketBAI). En su lugar:
- El fabricante del software emite una declaración responsable firmada que afirma que su producto cumple los requisitos.
- El cumplimiento real puede ser auditado a posteriori por la AEAT.
- Sanciones al fabricante: hasta 150.000 € por solución no conforme.
Como hostelero debes pedir y conservar la copia firmada de la declaración responsable de tu proveedor. Es tu prueba de buena fe ante una inspección.
05 Sanciones #
- Hasta 50.000 € por ejercicio y sistema no conforme (al hostelero usuario).
- Hasta 150.000 € al fabricante o distribuidor de software no conforme.
- Sanciones por destruir, alterar o falsear registros de Verifactu.
- Posibilidad de cierre cautelar en infracciones graves o reincidencia.
06 Compatibilidad con otras normativas #
Verifactu no exime de otras normativas que pueden aplicar a la vez:
- SII: si tu grupo factura > 6 M€/año, también debes llevar libros de IVA en tiempo real (independiente de Verifactu).
- Factura electrónica B2B: Crea y Crece añade obligaciones de formato cuando facturas a empresas.
- LOPDGDD: si guardas datos del cliente (reservas, fidelización), debes cumplir RGPD.
07 Plan de adaptación 2025-2027 #
- Identifica tu calendario aplicable (umbral de facturación + tipo).
- Pregunta a tu proveedor de TPV: ¿tiene declaración responsable Verifactu? Pide copia.
- Decide modo VERI*FACTU vs NO VERI*FACTU (recomendado el primero si tu conexión es estable).
- Configura emisión de tickets con QR y leyenda Verifactu.
- Forma al equipo: cancelaciones, devoluciones, facturas rectificativas.
- Realiza emisiones de prueba 1 mes antes de la fecha obligatoria.
- Conserva la declaración responsable de tu proveedor en tu carpeta de cumplimiento.